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AMÉRICAHISPANA

Las entidades territoriales podrán financiar obras fuera de su jurisdicción en la emergencia

Se explican las inversiones interjurisdiccionales para proyectos que crucen límites municipales y un régimen temporal para el manejo de información estadística reservada del DANE.

9 de septiembre de 2026 1:55 minuto 00:04:01
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Lo que se dice

El estado, las regiones y los empresarios tenemos que trabajar juntos para reconstruir a nuestro país. Queremos que los recursos se conviertan rápidamente en vías, infraestructura, equipamiento, obras, colegios de pie. Otra vez eso nos va a permitir, sin duda alguna, recuperar nuestros territorios. Sexta decisión importante que se toma en el marco de estos decretos, que hoy he suscrito como presidente de la República al igual que todos los ministros. Habilitamos inversiones interjurisdiccionales en términos sencillos para que todo el mundo lo entienda. Esto significa que durante la emergencia y bajo las condiciones establecidas, una entidad territorial podrá financiar o cofinanciar proyectos de inversión que se ejecuten por fuera de su propia jurisdicción. ¿Por qué lo estamos haciendo? Se preguntarán muchos de ustedes, porque una emergencia de esta magnitud no reconoce fronteras municipales ni departamentales. Una obra ubicada en un municipio puede ser determinante para recuperar la movilidad, los servicios o la actividad económica de toda una región. Tenemos que reconstruir pensando siempre como país y no únicamente dentro de los límites administrativos de cada territorio. Séptima decisión. Adoptamos un régimen excepcional y temporal para el tratamiento de información estadística reservada por parte del DANE, con el propósito de fortalecer la atención, rehabilitación, recuperación y reconstrucción de los