Alocución del Gobierno colombiano sobre los decretos firmados el 9 de septiembre de 2026. Detalla el Fondo Milagro para la reconstrucción tras el sismo y los recursos para el servicio eléctrico.
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El decreto 1379 crea el Fondo Milagro para la reconstrucción tras el sismo del 10 de agosto
El fondo, creado como patrimonio autónomo bajo el estado de emergencia, financiará ayuda humanitaria, vivienda, salud, educación, energía e infraestructura en las zonas afectadas.
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Jaime Uribe dirigirá el Fondo Milagro, que tendrá auditoría internacional independiente
Los recursos permanecerán en la cuenta única nacional y se girarán a los beneficiarios finales tras verificar la entrega de bienes o servicios, con control de la Contraloría General.
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El decreto 1380 asegura recursos para restablecer el servicio de energía en las zonas del sismo
Los fondos se destinarán a compra de energía, materiales y contratación de servicios para reconectar y reparar redes eléctricas, uno de los 11 decretos firmados el 9 de septiembre.
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Colombianos, hay buenas noticias.
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Comenzamos. Como lo anunció el presidente Abelardo de la Espriella, se creó el Fondo Milagro para atender la emergencia causada por el sismo del 10
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de agosto pasado. Esto a través del decreto 1379 del 9 de septiembre de
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2026, mediante el cual se crea el Fondo como patrimonio autónomo destinado a financiar la atención humanitaria, la
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recuperación y la reconstrucción de las zonas afectadas por el sismo del pasado 10 de agosto. La medida se adopta en el
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marco del estado de emergencia económica, social y ecológica declarado mediante el decreto 1261 de 2026 y
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ampliado a través del decreto 1348 del mismo año. Este tendrá como propósito central canalizar y administrar de
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manera unificada los recursos destinados a la superación de la emergencia y evitar que sus efectos se extiendan.
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Sus recursos podrán financiar ayudas humanitarias, vivienda, salud, educación, transporte, agua potable,
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saneamiento básico, energía, telecomunicaciones, infraestructura, reactivación económica y proyectos de reducción de riesgo.
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También podrá estructurar y contratar estudios, diseños, obras, interventorías, supervisiones y asistencia técnica necesarias para la
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recuperación y reconstrucción de los territorios afectados. El Fondo Milagro se financiará con recursos del
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presupuesto general de la nación, donaciones públicas y privadas, cooperación nacional e internacional, aportes de entidades territoriales,
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operaciones de crédito público, recursos de fondos especiales y otros ingresos legalmente destinados a atender la
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emergencia. Uno de los principales componentes del decreto es la creación de un esquema de administración financiera y contractual orientado a
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garantizar la trazabilidad de los recursos. El dinero permanecerá por regla general en el sistema de cuenta única nacional y será girado
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directamente a los beneficiarios finales una vez se verifique el cumplimiento de las obligaciones, la entrega de bienes o
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la prestación satisfactoria de los servicios que sean contratados. Por otro lado, la dirección del fondo estará a cargo de un consejo directivo integrado
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principalmente por representantes del presidente de la República, con la participación del Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Hacienda
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y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Contará además con un gerente designado por el presidente,
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el Dr. Jaime Uribe, responsable de coordinar la ejecución de los proyectos y presentar informes periódicos sobre su
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avance. El decreto, además, establece mecanismos adicionales de control y transparencia. Entre ellos se encuentra
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la selección mediante convocatoria pública y competitiva de una firma internacional de auditoría independiente. Esta vigilancia se sumará
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al control fiscal que corresponde, obviamente, a la Contraloría General de la República. Los recursos del fondo
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tendrán carácter inembargable de acuerdo con el marco constitucional y la jurisprudencia aplicable a estos casos.
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Debido a su destinación humanitaria y de reconstrucción, el patrimonio autónomo permanecerá vigente durante el tiempo
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necesario para concluir los planes y proyectos asociados a esta emergencia.
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Con la aclaración del Fondo Milagro, el gobierno busca concentrar en un solo mecanismo las fuentes de financiación,
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acelerar la ejecución de las intervenciones prioritarias y fortalecer el seguimiento sobre cada peso destinado
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a la atención de las comunidades afectadas por el terremoto. Por otro lado, a través del decreto 1380 del 9 de
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septiembre de 2026, el gobierno garantizará los recursos para mantener el servicio de energía en las zonas
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afectadas por el sismo. Una medida excepcional para asegurar la continuidad y el restablecimiento del servicio
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público domiciliario de energía eléctrica en los territorios afectados.
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Estos recursos pueden destinarse exclusivamente a atender las necesidades generadas por la emergencia, entre ellas
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la compra de energía, la adquisición de materiales, equipos e insumos y la contratación de servicios para la reconexión, reparación y rehabilitación
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de redes de infraestructura eléctrica.
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La medida busca responder a la presión financiera y operativa que enfrentan las empresas prestadoras y busca evitar nuevas interrupciones y proteger la
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atención de hospitales, acueductos, albergues, organismos de socorro y hogares afectados. Con estos dos
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decretos de los 11 en total que se firmaron el 9 de septiembre, juntos lograremos reconstruir la patria
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Milagro.