El decreto 1388 permite reprogramar las semanas académicas en los territorios afectados
El Ministerio de Educación podrá autorizar la reorganización del calendario escolar en zonas golpeadas por el terremoto, con límites temporales y sin afectar derechos de los trabajadores del sector.
El vídeo
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Lo que se dice
Además, el Ministerio de Educación debe determinar cuáles entidades pueden acceder a esta medida a partir de una solicitud expresa y de información objetiva y verificable sobre la afectación. Es decir, se protege la financiación del servicio educativo afectado por la emergencia sin renunciar al control sobre los recursos públicos. El tercer decreto es el 1388 relacionado con el calendario para que se adapte a la realidad. Y llegamos a este tercer decreto porque incluso si conseguimos un lugar alterno para estudiar y protegemos los recursos para prestar el servicio, hay otra realidad. que debemos asumir después del terremoto o después de un terremoto, la vida escolar no necesariamente puede continuar exactamente como estaba programada. Por eso el decreto 1388 permite al Ministerio de Educación autorizar previa solicitud motivada de la respectiva entidad territorial certificada la reorganización, redistribución y reprogramación de las semanas de trabajo académico en los territorios. afectados. Esto indica que si las circunstancias provocadas por la tragedia lo hacen necesario, las semanas académicas pueden distribuirse en periodos diferentes a los originalmente previstos. Pero nuevamente hay límites. La flexibilización es temporal, está vinculada exclusivamente a las circunstancias de la emergencia, no puede afectar los derechos de los trabajadores del sector educativo y no puede de ninguna manera utilizarse para establecer fechas diferentes de culminación del calendario académico entre establecimientos oficiales pertenecientes a una misma entidad territorial certificada.