El decreto 1383 da 30 días hábiles a los municipios del terremoto para pedir recursos
La firma del decreto legislativo 1383 del 9 de septiembre permite a departamentos y municipios afectados por el terremoto usar recursos del FONPET para la nómina de pensionados.
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Lo que se dice
Colombianos, más recursos para responder a la emergencia. Comenzamos con la firma del decreto legislativo 1383 del 9 de septiembre. El presidente de la Espiella permite que los territorios afectados por el terremoto dispongan de los recursos que ya tienen y liberen capacidad financiera para atender con mayor rapidez las necesidades de la emergencia. Con este decreto se adoptan tres decisiones que vale la pena explicar. La primera tiene que ver con los pensionados. Los departamentos y municipios afectados tendrán por una única vez un nuevo plazo para cumplir los requisitos y solicitar recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las entidades territoriales FOMPET destinados al pago de la nómina de pensionados. Las entidades territoriales tendrán 30 días hábiles para presentar los requisitos y 45 días hábiles para solicitar el retiro de los recursos. ¿Y por qué esto es importante? Porque al utilizar para ese propósito los recursos que ya están disponibles en el FOMPET, los territorios pueden liberar recursos propios que hoy necesitan para atender la emergencia, proteger a las comunidades y responder a las necesidades más urgentes de la población. Es importante aclarar que esta medida no pone en riesgo el pago de las mesadas ni el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el pasivo pensional. Se trata de utilizar de manera temporal y de manera responsable recursos que ya están destinados a ese fin de acuerdo con las reglas establecidas y sin afectar la seguridad pensional de los beneficiarios. La segunda decisión permite que las entidades territoriales afectadas tengan un plazo extraordinario para acceder a