Hemisferio
De la Espriella firma el decreto 1384 que adapta la atención del Estado tras el terremoto
Título original
El Gobierno le habla a la Patria: Decreto 1384 - Flexibiliza y reorganiza la atención del Estado...
Alocución del Gobierno de Colombia sobre el decreto legislativo 1384 del 9 de septiembre. Explica horarios flexibles, oficinas móviles, trámites simplificados y plantas temporales de personal.
17 de septiembre de 2026
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El decreto 1384 permite cambiar horarios y habilitar oficinas móviles tras el terremoto
Se explica que el decreto legislativo 1384 del 9 de septiembre autoriza a las entidades públicas de Colombia a modificar jornadas, trasladar puntos de servicio y trabajar desde casa.
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El decreto 1384 regirá hasta el 31 de diciembre de 2026 con criterios de mérito y transparencia
Se detalla la vigencia máxima de la norma y se afirma que el Estado debe reorganizarse y simplificar trámites mientras Colombia reconstruye lo destruido por el terremoto.
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Colombianos, un estado que se adapta para seguir respondiendo. Comenzamos. Ante una
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emergencia de la magnitud del terremoto ocurrido el pasado 10 de agosto no solo resultan afectadas las viviendas, las
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vías, los hospitales o las escuelas, también puede verse comprometida la capacidad del propio estado para
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funcionar y atender oportunamente a los ciudadanos.
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Hoy tenemos sedes inutilizadas, dificultades de movilidad, problemas de conectividad,
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archivos o sistemas afectados y funcionarios públicos que deben concentrar todos sus esfuerzos en
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responder a la emergencia y en proteger a las comunidades. Es por eso que el presidente Abelardo de la Esplieella
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firmó el decreto legislativo 1384 del 9 de septiembre que permite que la administración pública se adapte
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temporalmente a las circunstancias provocadas por el terremoto y continúe prestando sus servicios especialmente en
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las zonas más afectadas. ¿En qué consiste este decreto? En que las entidades públicas podrán modificar
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temporalmente sus horarios y jornadas de atención. También podrán trasladar sus puntos de servicio, habilitar oficinas
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móviles o compartidas, implementar el trabajo en casa cuando sea necesario y reprogramar aquellas actividades que no
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sean prioritarias frente a la emergencia. El objetivo es concreto, que las dificultades ocasionadas por la
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tragedia no se conviertan en nuevas barreras para los ciudadanos. También podrán habilitarse canales alternativos
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de atención, permitir la entrega posterior de determinados documentos y consultar directamente la información
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que ya repose en los sistemas del Estado o en otras entidades públicas. De esta manera se evita trasladar a los
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ciudadanos una carga documental que la propia administración puede resolver mediante sus bases de datos y mecanismos
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institucionales. Sin embargo, es importante señalar con absoluta claridad que facilitar un trámite no significa
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eliminar los controles. La verificación de la identidad, la protección de los derechos y el cumplimiento de los
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requisitos indispensables se mantienen.
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Tampoco podrán suspenderse las actuaciones necesarias para proteger la vida, la integridad personal o los derechos fundamentales. El decreto
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contempla además que durante el año 2026 puedan reutilizarse documentos que una persona ya haya presentado y que reposen
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en la entidad cuando vuelvan a contratar con ella. La administración podrá consultar directamente los antecedentes
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y las posibles inhabilidades. No obstante, continuará obligada a verificar la idoneidad, la experiencia y
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los demás requisitos establecidos por ley. En cuanto a los procesos de selección y los concursos de mérito,
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podrán aplazarse hasta el 31 de diciembre de 2026, cuando su desarrollo pueda afectar la participación en
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igualdad de condiciones de las personas directamente golpeadas por esta tragedia. Estos procesos continúan a
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partir del primero de enero de 2027, desde la etapa en la que hayan quedado suspendidos. Finalmente, el gobierno
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podrá crear plantas temporales de personal para atender exclusivamente las necesidades extraordinarias de la
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emergencia. Estas plantas requerirán concepto favorable de función pública, disponibilidad presupuestal y el
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cumplimiento de los principios de mérito y transparencia. Su vigencia máxima será hasta el 31 de diciembre de 2026. En
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pocas palabras, el decreto legislativo 1384 del 9 de septiembre busca que mientras Colombia reconstruye lo que el terremoto destruyó, el Estado también
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tenga la capacidad de reorganizarse, simplificar lo necesario y poner sus recursos y su talento humano donde más
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se requiera. Porque en una emergencia gobernar también significa saber adaptarse, significa escuchar a las comunidades, resolver obstáculos,
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garantizar que la atención pública no se detenga y sobre todo trabajar unidos para que en las zonas afectadas la
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respuesta del Estado acompañe cada esfuerzo de recuperación. Compatriotas, con organización, solidaridad y
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decisión. Juntos lograremos reconstruir nuestra patria Milagro.