Al menos el 35% del cupo de obras por impuestos irá a los municipios afectados por el terremoto
Se detalla la atención especial a municipios de categorías quinta y sexta y que el Confis fijará el cupo máximo anual según la disponibilidad fiscal.
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Lo que se dice
recuperación económica y social. También se garantiza una atención especial a los municipios de categorías quinta y sexta, que suelen contar con menores capacidades fiscales, técnicas e institucionales. Como mínimo, el 35% del cupo destinado a esta modalidad deberá dirigirse a proyectos ubicados en los municipios afectados. Es importante precisar que este mecanismo no implica por sí mismo un aumento del gasto público ni una ampliación automática del cupo fiscal. El Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, definirá el cupo máximo anual y su distribución de acuerdo con la disponibilidad fiscal y las metas establecidas en el marco fiscal de mediano plazo. De esta manera, el país podrá sumar esfuerzos públicos y privados, aprovechar la capacidad de ejecución de las empresas y orientar los recursos hacia las necesidades más urgentes de las comunidades. Este decreto 1389 representa una respuesta concreta para avanzar en la reconstrucción con orden, responsabilidad y sentido de nación. Cada vivienda recuperada, cada escuela rehabilitada, cada vía restablecida y cada servicio esencial que vuelva a funcionar será un paso hacia la recuperación de Colombia. Tengan la seguridad de que el presidente Abelardo de la Priplieella y su equipo de trabajo seguiremos trabajando para que los territorios afectados no enfrenten solos las consecuencias de esta lamentable tragedia. La reconstrucción es una tarea de todos, del Estado, de las empresas,