El decreto 1384 permite cambiar horarios y habilitar oficinas móviles tras el terremoto
Se explica que el decreto legislativo 1384 del 9 de septiembre autoriza a las entidades públicas de Colombia a modificar jornadas, trasladar puntos de servicio y trabajar desde casa.
El vídeo
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Lo que se dice
Colombianos, un estado que se adapta para seguir respondiendo. Comenzamos. Ante una emergencia de la magnitud del terremoto ocurrido el pasado 10 de agosto no solo resultan afectadas las viviendas, las vías, los hospitales o las escuelas, también puede verse comprometida la capacidad del propio estado para funcionar y atender oportunamente a los ciudadanos. Hoy tenemos sedes inutilizadas, dificultades de movilidad, problemas de conectividad, archivos o sistemas afectados y funcionarios públicos que deben concentrar todos sus esfuerzos en responder a la emergencia y en proteger a las comunidades. Es por eso que el presidente Abelardo de la Esplieella firmó el decreto legislativo 1384 del 9 de septiembre que permite que la administración pública se adapte temporalmente a las circunstancias provocadas por el terremoto y continúe prestando sus servicios especialmente en las zonas más afectadas. ¿En qué consiste este decreto? En que las entidades públicas podrán modificar temporalmente sus horarios y jornadas de atención. También podrán trasladar sus puntos de servicio, habilitar oficinas móviles o compartidas, implementar el trabajo en casa cuando sea necesario y reprogramar aquellas actividades que no sean prioritarias frente a la emergencia. El objetivo es concreto, que las dificultades ocasionadas por la tragedia no se conviertan en nuevas barreras para los ciudadanos. También podrán habilitarse canales alternativos de atención, permitir la entrega posterior de determinados documentos y consultar directamente la información